Partamos por el principio. ¿Qué son las profesiones liberales? No son más que aquellas en la que la persona que la ejerce aporta su intelecto, conocimiento y técnica como son: los abogados, contadores, artesanos entre otras, que requieran de una titulación de un centro superior de enseñanza o universitaria.
Desde el inicio de año en Panamá inició “el rodaje”, por usar la expresión cinematográfica, de la Ley 256 de 26 de octubre, que establece la manera de gravar impuesto, modificando la Ley 76 de 1976.
Entrevistamos al abogado Genarino Rosas quien nos explica y nos da su opinión sobre esta situación, que ha generado disconformidad en algunos sectores.
P= Me comentó sobre la ley 254 de los agentes residentes y la 256 de la facturación electrónica. ¿Qué nos puede explicar?
R=La ley 254 es una ley que introduce e impone nuevas cargas y responsabilidades a los abogados que ejerzan el rol de Agente Residente de una persona jurídica, tales como la obligación de custodiar o mantener en sus oficinas copia de los certificados de acciones, del registro de accionistas, los registros contables y documentos de respaldo de los clientes, a más tardar dentro de los 4 meses siguientes al vencimiento de cada año fiscal, y durante por lo menos los últimos 5 años de ejercicio, entendiendo por registro contable toda la documentación que acredite de forma clara los activos y pasivos, las operaciones contables y financieras, el patrimonio, y en síntesis, que determinen la situación financiera de una persona jurídica, estableciendo multas excesivas e ilógicas que van desde $5,000.00 a $ 5,000,000.00 para todo el que incumpla con esta nueva adecuación, dejando en manos de la Dirección General de Ingresos esta facultad y
discreción impositiva de la sanción pecuniaria. Esta ley, que además es inconsulta, penaliza la actividad de Agente Residente, impone cargas ajenas a la verdadera función de un Agente Residente, graba la función de Agente Residente y convierte a los abogados en agentes fiscalizadores de sus clientes.
R=En cuanto a la ley 256, es una ley inconstitucional que atenta contra las profesionales liberales del país, contra los abogados, artistas, artesanos y demás quienes ejercen un oficio en el país. Esta ley impone la obligatoriedad en la expedición de facturas fiscales o facturación electrónica a los abogados, artesanos, y demás gremios liberales del país, imponiendo tributos a una clase profesional hoy en día muy golpeada, una ley que viola el artículo 40 de la Constitución Nacional que trata del ejercicio libre de la profesión, del trabajo independiente, cuando no se es asalariado ni empleado, y además que señala “no se establecerá impuesto o contribución para el ejercicio de las profesiones liberales y de los oficios y las artes”. Es una ley inconsulta que viola la confidencialidad cliente-profesional y el secreto profesional, y que ha sido promulgada en un momento en que se vive una terrible y grave crisis económica a nivel mundial por la ya conocida pandemia que ha azotado al mundo.
P= Esta nueva ley tiene cierta especie de colisión con muchos sectores. ¿Quiénes están afectados?
R= Abogados, psicólogos, contadores, médicos, artesanos, artistas entre otras profesiones liberales, ya sea de forma independiente o a través de sociedades civiles.
P= Sabemos que no hay ley perfecta ni justa del todo. ¿Por qué está considerada tan injusta?
R= Rompe o se interpone en la confidencialidad del abogado con el cliente y de los medianos o microempresarios con el cliente, además de que nos parece que esto puede utilizarse políticamente. Las facturas deben hacerse de forma descriptiva y completa de manera que esto viola la confidencialidad y privacidad del cliente.
Otro de los sectores que ha estado en las protestas al igual que los juristas son los artistas.
Sobre esto el actor y cantante Luís Arteaga nos dice: “la ley sobre facturación electrónica obligatoria no deja margen a modificación toda vez que excede parámetros constitucionales. Además, crea sanciones que en casos específicos son imposibles de aplicar y le impone un gasto adicional a quienes apenas generan para su sustento, en el peor momento económico, como son artesanos artistas y quienes desarrollan oficios”.
P=Licenciado Rosas, la vida nos dice que en cuestiones legales no siempre va haber unanimidad como lo puede ser en el boxeo. ¿Le parece qué debió haber sido más consultada?
R=Por supuesto. Ambas leyes debieron ser más consultadas, con todos los gremios involucrados, pero como Panamá está en las listas grises y el gobierno quiere salir de ellas, han hecho estas leyes, absurdas, lógicas, de forma inconsulta y expedita, como un madrugonazo. Muchos colegas están renunciado al cargo de Agente Residente de las sociedades, lo que además paraliza la sociedad porque ninguna sociedad puede permanecer sin Agente Residente por más de 90 días, por ende, estas sociedades no van a pagar Tasa Única, al final se verá todo el perjuicio que está ocasionando esta Ley.
P=Tiene algo más que agregar señor Rosas.
R= La 254 es una ley que pretenden aplicar retroactivamente, y ninguna ley es retroactiva solo las de orden público o de interés social o las que favorecen a los reos en materia penal. Ninguna de estas leyes puede aplicarse retroactivamente. En una conversación que sostuvimos con el ministro del MEF le sugerimos que esta ley tenía que modificarse porque incluso hasta su nombre es nocivo: Sujetos Obligados No Financieros. ¿Qué obligación? No hay ninguna ley que obligue a un abogado que esté ejerciendo como Agente Residente y que está regulado por la ley de los abogados y de las sociedades anónimas, a constituirse en Agente fiscalizador ni contador, ni de su cliente ni del gobierno.